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jueves, 18 de julio de 2013

MANIFIESTO de la COORDINADORA para la MEMORIA HISTÓRICA y DEMOCRÁTICA de MADRID


1936 – 2013 : 74 años de impunidad





 Conforman la Coordinadora: Asociación de Amigos de las Brigadas Internacionales - Asociación de Antiguos Guerrilleros Españoles en Francia - Asociación de Descendientes del Exilio Español – Asociación de Guerrilleros en Francia - Amical de Antiguos Guerrilleros en Francia (FFI) - Amical de Mathausen – Asociación "Libres" - Asociación Manuel Azaña - Asociación Memoria Social y Democrática - Asociación de Expresos y Represaliados Políticos Antifranquistas – Ateneo Republicano de Carabanchel - Circulo de Lavapiés "Fuente de la República" - Confederación STES – Intersindical - Club de Amigos de la UNESCO de Madrid Espacio Alternativo-Familiares de Víctimas de los Fusilamientos Franquistas en Madrid - Foro por la Memoria Fundación Ciudadanía Joven Tomás Meabe - Fundación CIVES - Fundación Domingo Malagón - Fundación de Investigaciones Marxistas - Fundación Luis Bello - Fundación Santiago Casares Quiroga - Fundación Trece Rosas - Izquierda Republicana - Izquierda Unida Comunidad de Madrid – Juventudes Socialistas de España Liga Española de la Educación y la Cultura Popular Partido Comunista de Madrid - Plataforma de Ciudadanos por la República - Plataforma por un Centro por la Paz y la Memoria en la antigua cárcel de Carabanchel Pedagogía en Acción - Tertulia Republicana de Ciempozuelos - Unión de Juventudes Comunistas de España Unidad Cívica por la República. 






1939-2013: 74 años de impunidad MANIFIESTO de la COORDINADORA para la MEMORIA HISTÓRICA y DEMOCRÁTICA de MADRID 
77 años después del inicio de la heroica resistencia del pueblo español frente a la sublevación militar del 18 de julio de 1936 y cuando continúan 74 años de impunidad de los crímenes por parte del franquismo, que revisten la calificación jurídica de delito de rebelión contra la forma de gobierno, y de crímenes contra la humanidad, la Coordinadora de Asociaciones de la Memoria Democrática de Madrid vuelve a manifestar su voluntad de proseguir el avance en el proceso de la Verdad, la Justicia y la Reparación efectivas, y convoca a la ciudadanía a perseverar en esta tarea con la mayor decisión. La instauración de la II República fue el resultado de unas elecciones democráticas y la proclamación de la Constitución de 1931, después de la celebración de elecciones constituyentes, es el antecedente histórico más importante y cercano de nuestra actual Democracia. La sublevación militar que provocó la guerra de resistencia democrática nacional contra el fascismo español y la intervención internacional nazi/fascista de1936- 1939 se enmarca como importante prolegómeno de la II Guerra Mundial. Por ello, proponemos que el día 14 de abril sea declarado como Día oficial y que incluya el homenaje a los soldados y civiles muertos en Defensa de la Democracia y a las víctimas del golpe de estado, de la guerra, el exilio y la represión franquista durante la guerra y la dictadura.
Ley de Memoria Histórica

La Coordinadora considera que la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007) debe mantenerse porque aunque ha sido un primer paso –con todas las insuficiencias que de ello se desprenden- es una importante base jurídica para la recuperación de la Memoria democrática republicana y antifascista de nuestro país y sirve también de estímulo social. Es imprescindible avanzar, profundizar y ampliarla con valentía. Ha de ser efectiva y vinculante a todos los niveles. Además del impulso que podamos (y debemos) darle desde la ciudadanía, su desarrollo depende de la adopción de diversas normas y medidas administrativas tanto desde el Gobierno central, como desde los Gobiernos Autonómicos y desde los Ayuntamientos. Por ello, exigimos que la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid se incorporen, como es preceptivo, a sus objetivos. Para proseguir el avance en el proceso de la Verdad, la Justicia y la Reparación efectivas, consideramos imprescindible abordar, con la decisión necesaria, los siguientes deberes pendientes: 
Condena del franquismo
La Ley no hace una condena expresa del régimen franquista. Menciona indirectamente la Declaración contenida en la Proposición no de Ley de la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados del 20 de noviembre de 2002 así como la condena del franquismo contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975. Seguimos pidiendo, por tanto, al Gobierno y a los partidos políticos, que todavía no lo han hecho, una expresión clara y directa de dicha Condena. Continúa la impunidad frente a los acontecimientos que revisten la calificación jurídica de delito de rebelión contra la forma de gobierno, y de crímenes contra la humanidad.3
Anulación de las condenas ilegítimas

La Ley 52/2007 declaró el carácter radicalmente injusto e ilegítimo de todos tribunales y por tanto de las condenas, sanciones y cualesquiera formas de violencia personal producidas por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil resultan implícitamente nulos. Lo que es ilegal en su raíz no puede resultar protegido por el principio de seguridad jurídica, como se viene argumentando. Mientras no se anulen las sentencias, los condenados siguen siendo delincuentes, bandoleros y bandidos, culpables de rebelión militar. Durante el Gobierno socialista la Fiscalía General del Estado y la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, se pronunciaron en contra de los recursos de revisión de todas las sentencias del régimen dictadas “por motivos políticos, ideológicos o de creencia”, (por ejemplo, el consejo de guerra contra el presidente de la Generalitat catalana, Lluis Companys, y la condena a muerte del poeta Miguel Hernández). La Coordinadora considera que las sentencias deben poder ser revisadas y anuladas porque los procesos franquistas conservan aún su validez. Una vez declarados ilegítimos los tribunales franquistas se debe crear una fiscalía especializada y sensibilizada con el problema, para acometer la anulación inmediata, de oficio y sin condiciones de las condenas o sentencias de carácter político, dictadas por los Consejos de Guerra y demás tribunales franquistas y/o la promoción por parte del Fiscal General del Estado de la anulación de oficio.
Crímenes contra la Humanidad y aplicación del Derecho Internacional Convención sobre la imprescriptibilidad

El Estado español sigue sin firmar la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968 y que entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, a pesar del acuerdo en este sentido del Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión extraordinaria del día 1 de julio de 1999 y del acuerdo del Consejo de Ministros del 12 de diciembre de 2008 que contempla la ratificación dentro de la Medida Nº 2 del Plan de Derechos Humanos, coincidiendo con la conmemoración del 60 Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El proceso de adhesión debe continuar sin reservas o declaraciones interpretativas que pudieran constituir reservas. La Convención citada tiene importancia en el caso español porque determina que estos crímenes son imprescriptibles aunque no constituyesen una violación del derecho interno del país donde fueron cometidos y asimismo establece que si se cometiere alguno de los crímenes mencionados, y porque sus disposiciones de la Convención se aplicarán a los representantes de la autoridad del Estado y a los particulares que participen como autores o cómplices o que inciten directamente a la perpetración de alguno de esos crímenes, o que conspiren para cometerlos, cualquiera que sea su grado de desarrollo, así como a los representantes de la autoridad del Estado que toleren su perpetración. La dictadura abrió una Causa General contra los vencidos, pero en la Democracia no ha existido un solo procedimiento penal contra quienes cometieron crímenes contra la Humanidad, durante y después de la guerra de 1936 y 1937, con el apoyo de Hitler y Mussolini.

Comisión Nacional de la Verdad 

La Coordinadora de Asociaciones de Madrid exige la creación de una Comisión Nacional de la Verdad sobre la violencia y represión ejercida sobre los ciudadanos.4 Debe crearse además una Comisión Nacional de Búsqueda de Desaparecidos o una entidad similar, con participación de representantes del poder judicial, las instituciones de derechos humanos y las asociaciones para el esclarecimiento de la verdad y definir las medidas de reparación a los sufrimientos (Condenas de los Tribunales Militares y del Tribunal de Responsabilidades políticas; sobre la suerte de los exiliados políticos españoles en los campos de exterminio nazis y sobre el volumen, coste y duración de la persecución y explotación de los vencidos por medio del trabajo forzado o esclavo en empresas y en obras públicas del Estado.

Crímenes contra la Humanidad
La Audiencia Nacional (AN), competente del delito de rebelión que le atribuye expresamente la Ley Orgánica 4/1988 y de los crímenes de Derecho Internacional, admitió recientemente la existencia de delitos de detención ilegal con desaparición forzada de personas en el contexto de dichos crímenes, pero declaró extinguida la responsabilidad penal, por fallecimiento, de los líderes golpistas, y se declaró incompetente, desprendiéndose de su responsabilidad, inhibiéndose en favor de los juzgados de instrucción, convirtiendo los hechos en delitos comunes. Tras la inhibición a favor de los juzgados territoriales, la gran mayoría de los procesos abiertos en esa instancia judicial han sido archivados sin llevarse a cabo ningún tipo de diligencias con vistas a la investigación de los hechos por lo que las víctimas y sus familiares se encuentran en situación de indefensión. Por ello la Coordinadora de Asociaciones de la Memoria Democrática, siguiendo las recomendaciones de Amnistía Internacional pide al Gobierno y las Cortes españolas que adopten medidas inmediatas para aplicar plenamente las recomendaciones de los órganos internacionales en relación a la Ley de Amnistía y a la imprescriptibilidad de los crímenes de derecho internacional, incluidas las del Comité de Derechos Humanos, el Consejo de Europa, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y el Comité contra la Tortura. El Ministerio Público Fiscal debería actuar de oficio para la investigación y persecución de crímenes o delitos graves de derecho internacional. Asimismo la Coordinadora pide al Poder Judicial español, que confirme en sus fallos que los crímenes de derecho internacional no se hallan sujetos ni a amnistía ni a prescripción, cualquiera que sea el nomen iuris de tales crímenes en las leyes españolas y cualquiera que haya sido la fecha de su comisión y que configure un sistema de centralización de la información de todos los procedimientos de Guerra Civil y franquismo abiertos en la justicia española. El Tribunal Supremo debería rectificar su fallo y en consecuencia interpretar el principio de legalidad conforme al derecho internacional y reconocer que corresponde a los jueces Españoles –en concurrencia con cualquier otro tribunal extranjero– investigar los crímenes contra la humanidad cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, sin mengua de las investigaciones que, basadas en el principio de jurisdicción universal, ya han sido promovidas en otros Estados. La Coordinadora pide también al Poder Judicial argentino que insista en la investigación sobre los crímenes o delitos de derecho internacional cometidos en España durante la Guerra Civil española y el franquismo.

Niños perdidos del franquismo
Un caso de crimen contra la humanidad, ha sido la desaparición forzada de los niños perdidos del franquismo, y la actuación de la Delegación Extraordinaria para la Repatriación de Menores y la Junta de Protección de Menores y del Auxilio Social del régimen franquista con respecto a los hijos de los presos políticos. El Estado tiene también la obligación de investigar oficialmente lo sucedido, sin que medien las denuncias de los familiares, incluyendo en sus actuaciones la desaparición de 5 los niños desaparecidos durante la guerra y la postguerra, hijos de los republicanos/as presos.

Apoyo al Juez Baltasar Garzón
La Coordinadora de Asociaciones de la Memoria Democrática de Madrid expresa su indignado rechazo a la persecución, procesamiento y condena del juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, denunciado por entidades de la extrema derecha, en una acción ofensiva contra los esfuerzos de establecimiento de la Verdad, Justicia y Reparación sobre lo sucedido tras la sublevación fascista en 1936 y la dictadura. 

Memoria colectiva y Reconocimiento Oficial 
La Ley estableció tan solo el derecho individual a la memoria personal y familiar de cada ciudadano, olvidando el derecho colectivo a la memoria de los partidos políticos, sindicatos y otras organizaciones (masones, mujeres, entidades asistenciales, militares leales y defensores de la Libertad, etc.) cuyos afiliados y miembros sufrieron represión. Olvidó además que, de acuerdo con los informes de las Naciones Unidas, el derecho a saber es también un derecho colectivo para evitar que puedan reproducirse en el futuro las violaciones y que bajo el Principio 2 del Conjunto de los Principios para la protección y la promoción de los derechos humanos al Estado le incumbe, el "deber de recordar", a fin de protegerse contra las tergiversaciones de la historia. "Principio 2 - El deber de recordar El conocimiento por parte de un pueblo de la historia de su opresión forma parte de su patrimonio y, por ello, se debe conservar adoptando medidas adecuadas en aras del deber de recordar que incumbe al Estado. Esas medidas tienen por objeto preservar del olvido la memoria colectiva, entre otras cosas para evitar que surjan tesis revisionistas y negacionistas." Por ello las instituciones europeas, en numerosas resoluciones y declaraciones, reafirman constantemente su oposición decidida a todo régimen totalitario, y consideran que deben mantenerse vivos los recuerdos del pasado trágico, promover la comprensión del legado dictatorial que sufrieron los países, con el fin de honrar la memoria de las víctimas, condenar a los autores y recordar y rendir tributo a las personas que se opusieron activamente al poder totalitario, que deben ocupar el lugar que les corresponde en la conciencia de los europeos como héroes de la era totalitaria, por su dedicación, la lealtad a sus ideales, su honor y su valentía. 

Reconocimiento individual
El reconocimiento individual previsto en la Ley no prevé responsabilidad del Estado y el escaso número de solicitudes presentadas plantea la pregunta sobre si la mayor parte de los familiares están suficientemente informados sobre este derecho o si desconfían del procedimiento administrativo y se niegan a someter la memoria de su familia a un instructor o “juez” anónimo que puede incluso desestimar la solicitud.

Guerrilleros, deportados y defensores de la Libertad durante la II Guerra Mundial

El Estado Español debe de reconocer el papel de los republicanos que defendieron la Libertad en Europa, en los ejércitos Aliados, y en los grupos de la Resistencia, y de quienes sufrieron deportación en los campos nazis, y las agrupaciones de Guerrilleros, sus puntos de Apoyo, y a sus miembros como última expresión del que fuera Ejército Republicano y equiparar a los colectivos, a todos los efectos, a los derechos a indemnizaciones y pensiones.
Actos oficiales de reconocimiento colectivo:
 La Coordinadora felicita la declaración institucional del Consejo de Ministros de 4 de diciembre2009, basada en una Proposición no de Ley presentada el 1 de abril de 2009 por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, de reconocimiento a los miembros de la Unión Militar Democrática, y la del Ministerio de Asuntos Exteriores, que en diciembre de 2009 aprobó una Orden por la que se declaran ilegítimas las sanciones impuestas a los diplomáticos y funcionarios, del entonces Ministerio de Estado, que fueron leales a la democracia al estallar la Guerra Civil y en la etapa posterior. La Coordinadora pide que actuaciones oficiales similares de reconocimiento oficial se lleven a cabo en homenaje y reconocimiento a colectivos de funcionarios como la Guardia Civil, los Carabineros, el personal del Ejército del Aire, de Tierra y Naval, el Magisterio español, Correos y Telégrafos, etc. 
Paralización de la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007)

La Ley de Memoria Histórica ha entrado en vía muerta al llegar al Gobierno el Partido Popular. La Coordinadora se muestra preocupada y denuncia la supresión de las subvenciones a las Asociaciones de Memoria para actividades de investigación, difusión y de homenaje y reconocimiento, relacionadas con las aspiraciones sociales de Verdad, Justicia y Reparación, que en 2012 se redujeron en un 40 %, desde 6,25 millones € a 2,5 millones € (sólo destinadas a localizaciones y exhumaciones) y, tras un acuerdo de no disponibilidad, la partida presupuestaria fue congelada y desapareció en los presupuestos del 2013. 
Supresión de la Oficina de Atención a las Víctimas y sus familiares y supresión de ayudas a las actividades de las Asociaciones de Memoria

La Coordinadora apoyó la creación de una Oficina para la atención y asesoramiento de las víctimas y de sus familiares, que tenía entre sus funciones: coordinar las actuaciones con los Departamentos ministeriales; integrar y mantener actualizada la información de las actuaciones realizadas por los distintos Departamentos ministeriales; y facilitar la información a las Administraciones públicas, organismos, entidades, instituciones, asociaciones, y a otras personas interesadas. Rechaza también la aprobación del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia que suprimió la Oficina para la atención y asesoramiento de las víctimas y de sus familiares y ha residenciado algunas de sus competencias en la nueva División de Derechos de Gracia y otros Derechos mezclándo sus funciones junto con los de la preparación de los asuntos relativos al ejercicio del derecho de gracia y a los títulos nobiliarios y grandezas de España. 
Contra el falseamiento oficial de la Historia

El Pleno del Senado y del Congreso de los Diputados el 27 de junio y el 11 de julio de 2011 exigieron que el Gobierno interrumpiese la difusión del Diccionario Biográfico Español de la Real Academia de la Historia, congelase el abono de la subvención prevista ese año para el citado Diccionario mientras no se realizase la revisión, y rectificación de las entradas en las que se detectase una falta de objetividad y las distorsiones históricas en los acontecimientos históricos relacionados con la Guerra 1936-1939. Para ello debía crearse una comisión científica, compuesta por historiadores de reconocido prestigio, independientemente de que formaran parte o no de la institución. La Coordinadora denuncia que, a pesar de que a finales de 2011 estaba listo el primer informe de la comisión inicial, la Academia ha dictaminado, sin dar explicaciones públicas, que no revisará ni rectificará las entradas más polémicas ni habrá biografías alternativas a 7 las ya publicadas, y el actual ministro de Educación, Cultura y Deportes, incluyó una nueva subvención de 163.790 € y de 100.000 € en los Presupuestos de 2012 y 2013. 
Eliminación de los símbolos

Debe hacerse un seguimiento público de la obligatoriedad y, en su caso, de las medidas de penalización de la omisión de las administraciones nacional, autonómica y locales, y en concreto en el de la Comunidad de Madrid y sus ayuntamientos, de retirar menciones o signos de exaltación de la dictadura franquista o de personas vinculadas a la misma de todos los ámbitos públicos de su titularidad tales como monumentos, calles, plazas, edificios, etc. La Coordinadora propone que se analicen los instrumentos legales posibles para que el cumplimiento de la Ley de Memoria sea efectivo, sin supuestos de la excepcionalidad artística en la retirada de símbolos y se establezcan unas fechas límite para modificar o desarrollar la Ley en este tema. ¿Se puede considerar, hoy en día, en Europa, a una cruz gamada como un bien cultural? Se deben rechazar por tanto todos los símbolos franquistas sin buscar “pretextos culturales”.
Directrices urbanísticas y medioambientales y declaración de zonas de interés cultural y Patrimonio

La Coordinadora da prioridad a la identificación, señalización, investigación, conservación, dignificación y declaración de zonas de interés cultural, de los Lugares de Memoria, parajes, campos de batalla y establecimientos relacionados con la Guerra 1936-1939, la represión franquista y la lucha antifranquista, incluyendo las fosas comunes donde permanecen enterrados miles de personas asesinadas o los soldados muertos en combate. La Coordinadora pide que las administraciones públicas asuman la indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas. Consideramos insuficiente la intervención e implicación de la Administración General del Estado, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, en las labores de investigación judicial, incluyendo las internacionales, sobre las víctimas del franquismo, y en su caso exhumación, establecidas en la Ley de Memoria Histórica por lo que debe ser modificada para incluir el apoyo expreso del Ministerio de Justicia y el Instituto de Medicina Legal. La elaboración de un protocolo de actuación científica y multidisciplinar para las exhumaciones, entre otros temas, permite la ocupación temporal de terrenos de titularidad privada donde haya restos de víctimas, con las correspondientes indemnizaciones, pero no establece adecuadamente la intervención estatal y judicial, tratándose en muchos casos de posibles crímenes contra la Humanidad. Se corre el riesgo además de que los restos de víctimas que no han sido reclamadas por sus familiares por diversas razones, terminen siendo enterradas en fosas comunes y/o osarios de los cementerios municipales o parroquiales. Respetando el derecho de los familiares que expresen su voluntad de exhumar a sus víctimas e inhumarlas en otros cementerios, exige que se respete también legalmente el derecho de quienes deseen que los restos de sus familiares se conserven en el mismo lugar donde fueron enterrados, y que los cuerpos de quienes no han sido reclamados al desconocerse a sus familiares, permanezcan en el Lugar de Memoria, donde se debería colocar un monolito o placa explicando lo sucedido, el número aproximado de personas que murieron, agregando los nombres en el caso de conocerse. Deben desarrollarse directrices urbanísticas y medioambientales para la adecuada preservación, conservación, mantenimiento y divulgación de todos aquellos lugares, parajes y establecimiento relacionados con la Guerra Civil, la represión franquista y la 8 lucha antifranquista en Madrid y, obtener la declaración de zonas de interés cultural de lugares como los de las Batallas del Jarama, de Brunete, Guadalajara, etc. 
Mapa integrado de fosas 

La Coordinadora felicita a elaboración por parte del Gobierno socialista y diversas Comunidades Autónomas, que firmaron los correspondientes Convenios, del Mapa integrado de todo el territorio español en el que constan los terrenos en que se han localizado restos de personas desaparecidas violentamente durante la Guerra civil o la represión política posterior, y sobre la divulgación de los resultados de la investigación a través de Internet. Exigimos a la Comunidad de Madrid que, como han hecho ya otras comunidades, firme con el Gobierno Central un convenio, para completar la elaboración del Mapa integrado de los lugares de inhumación, y del Censo de edificaciones y obras realizadas por miembros de los batallones disciplinarios de soldados trabajadores. 
Cuelgamuros

Incumpliendo el artículo 16 de la Ley 52/2007, que establece que Cuelgamuros o “Valle de los Caídos” se regirá estrictamente por las normas aplicables con carácter general a los lugares de culto y a los cementerios públicos y que en ningún lugar del recinto podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra 1936-1939, de sus protagonistas, o del franquismo, el Gobierno del Partido Popular, ha reabierto el monumento sin realizar ningún cambio. Además ha aprobado una partida presupuestaria de 286.485 € para la restauración de la portada de la basílica mientras que numerosas asociaciones, así como particulares afectados por la desaparición de familiares, siguen en la búsqueda de sus restos, sin que encuentren en las Administraciones públicas el apoyo necesario para llevarlo a cabo. Se mantienen por tanto los restos de Francisco Franco, criminal de guerra y dictador sanguinario y de José Antonio Primo de Rivera, continuando en ese lugar público la exaltación simbólica de sus figuras, lo que significa una ofensa para la democracia y para tantos hijos y nietos de republicanos, que fueron enterrados en el mausoleo sin su consentimiento después de ser fusilados por el régimen liberticida. Es necesario un Plan de actuación en Cuelgamuros “Valle de los Caídos” cuyo primer paso debe ser el traslado de los restos de Francisco Franco y José Antonio Primo de Rivera y su entrega a sus familiares para su adecuada inhumación privada, así como facilitar la entrega a los familiares que lo soliciten de los restos de las personas inhumadas en la cripta. A continuación su recinto e instalaciones deben regenerarse democráticamente, sin presencia religiosa alguna, y explicitar de manera visible y pedagógica las condiciones de su construcción y el contexto político y social de la época. La Coordinadora reitera su criterio, contrario del acuerdo de la Comisión de Expertos sobre el Valle de los Caídos, llevada a cabo durante el Gobierno socialista, seis meses de las elecciones generales, y presentado públicamente cuando el PP ya había ganado los comicios, que consideró conservar en Cuelgamuros los restos de José Antonio Primo de Rivera como una más de las “víctimas”, puesto que fue un destacado instigador y organizador de la política fascista de violencia contra el sistema democrático y, en conexión con los militares más reaccionarios y con el fascismo internacional, conspiró activamente en la preparación de una insurrección armada. Por ello sus restos deben ser retirados de Cuelgamuros.
Marco institucional

Sigue sin desarrollarse y conocerse el marco institucional (Disposición adicional tercera de la Ley que daba un plazo hasta el 29 de diciembre de 2008), que impulse las políticas públicas relativas a la conservación y fomento de la memoria democrática. Asociaciones

La Ley reconoce la labor de las asociaciones, fundaciones y organizaciones que hayan destacado en la defensa de la dignidad de todas las víctimas de la violencia política y permite conceder, mediante Real Decreto, las distinciones que considere oportunas a las referidas entidades, pero no existe todavía un mecanismo de consulta y seguimiento de las organizaciones sociales y representativas de las víctimas que a lo largo de los años han trabajado a favor de la Memoria de la Libertad, y las víctimas, como sucede en los países de nuestro entorno europeo.
Educación

El Ministerio de Educación debe proceder a revisar los planes de estudio para la adecuación de los contenidos de los libros de texto de la enseñanza obligatoria respecto al tratamiento dado al periodo republicano, la guerra 1936-1939 y la dictadura franquista. Asimismo, se debe incluir entre los proyectos prioritarios de Derechos Humanos de formación del personal docente, entre otros temas históricos de notable relevancia, los temas relacionados con la represión franquista y la Deportación de los Republicanos españoles en los campos nazis, para explicar el conocimiento de nuestro pasado y contribuir a que la sociedad y en especial los jóvenes, se reconozcan activamente como parte de la memoria e identidad democrática de nuestra historia. Se deben analizar los conceptos y la terminología utilizada de manera que se eliminen los residuos de denominaciones de la propaganda fascista y por tanto su transmisión a través del sistema educativo (por ejemplo: ejército “nacional”, “alzamiento nacional”, “bando” republicano, etc.) Nacionalidad de los hijos y nietos del exilio 

No se comprende que el derecho a la opción a la nacionalidad española de origen de los nietos del exilio y de los emigrantes económicos hay estado sujeto a un plazo de tiempo de tres años por lo que debe ser incluido en el Código Civil de manera permanente. Derecho a conocer la Verdad y acceso a los Archivos

En relación a los archivos y Registros Civiles, para facilitar el Derecho a la Verdad y el acceso a los documentos que testimonian la represión política entre julio de 1936 y junio 1977 y ayudar a las víctimas y sus familiares a alcanzar las medidas de reconocimiento y reparación establecidas en la legislación: La Coordinadora saluda la creación del Centro Documental de la Memoria Histórica, la protección y adquisición de documentos sobre la Guerra 1936-1939, la Dictadura y el exilio y el esfuerzo de digitalización y difusión en Internet la numerosa información sobre las víctimas del franquismo. Otro paso importante fue la aprobación de la Instrucción de 4 de noviembre de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre acceso a la consulta de los libros de defunciones de los registros civiles, que regula las condiciones de las peticiones de información registral solicitadas en razón de interés legítimo, por parte de personas, asociaciones, académicos y entidades relativa a las inscripciones de los libros de defunción a cargo de los Encargados del Registro Civil. 
Archivos Militares

 La Coordinadora se alegra también de que se haya establecido un sistema de los archivos judiciales militares de gestión, existentes en todos los órganos de la jurisdicción militar, y los archivos judiciales militares territoriales y central, integrados respectivamente en los Tribunales Militares Territoriales y en el Tribunal Militar Central, y que progresivamente se vayan transfiriendo los procedimientos judiciales militares concluidos antes del 22 de noviembre de 1980, actualmente archivados bajo la custodia de los Tribunales Militares Territoriales, al correspondiente archivo histórico militar (territoriales o al central) y se facilite el acceso a los mismos (Real Decreto1816/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Archivos Judiciales Militares). El principal problema de los archivos militares sigue siendo la desorganización de muchos de ellos y la conservación de los documentos mediante la digitalización de los archivos. Hay todavía que facilitar un acceso eficiente y similar en todos los archivos históricos e uniformar sus accesos, con criterios similares de búsqueda, como sucede en los A Coruña, Catalunya o Sevilla. Los nombres de las víctimas de la guerra y la dictadura deberían estar ordenados alfabéticamente para facilitar la localización de los documentos, incorporándolos a una base de datos para todo el territorio español. Pese a que el Ministerio de Defensa anunció la desclasificación de más de 10.000 informes clasificados entre 1936 y 1968 de los tres ejércitos (Aire, Tierra y Armada), que incluyen expedientes sobre desertores y desterrados, la actividad de la censura, los antiguos "batallones de trabajo" y campos de concentración, etc., el actual ministro, Pedro Morenés, ha decidido paralizar el proceso y no continuar con los trámites necesarios. Igualmente un acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2010 sobre política de seguridad de la información del Ministerio de Asuntos Exteriores” ha establecido un listado exhaustivo y, a la vez, genérico de asuntos que el Ministerio de Asuntos Exteriores considera secretos o reservados que impedirá la investigación sobre la historia reciente de España. Pensamos además que es necesario: • Aumentar las plantillas de archiveros y las dotaciones presupuestarias destinadas a los archivos públicos relacionados con esta etapa de modo que se pueda reconstruir, conservar, clasificar, etc. los fondos penales, judiciales, militares, diplomáticos y ofrecer las infraestructuras y los servicios que la sociedad demanda. • Regularizar el acceso a los archivos privados que contienen documentación sobre este periodo y ayudar a los archivos de las fundaciones de organizaciones políticas, sociales y culturales que facilitan el libre acceso a sus fondos y documentos. • Elaborar una Guía a nivel estatal de archivos y fuentes documentales para la historia de la República, la Guerra1936-1939, la represión franquista y el exilio español. • Una Ley de Libertad de Información que regule el derecho de acceso a los archivos públicos, como establece el artículo 105.b) de la Constitución. • Reforma de la Ley de Secretos Oficiales, de manera que se regulen los plazos concretos a partir de los cuales los documentos clasificados relacionados con la historia de la República, la Guerra 1936-1939, la represión franquista y el exilio español, pierdan esa calificación y sean accesibles a la consulta libre.
NUESTRO COMPROMISO CON LA MEMORIA DE LA DEMOCRACIA EN MADRID

a) Difundir y divulgar entre los ciudadanos la historia y los valores representados por la II República española (1931-1939), la lucha antifranquista (1936-1975), el Exilio (1936- 1939), la historia del Movimiento Obrero.
 b) Sumar todos los esfuerzos sociales y académicos existentes,
 c) Sensibilizar a la sociedad,
 d) Proponer a las administraciones e Instituciones Públicas las medidas legales y actuaciones necesarias en los distintos ámbitos de su competencia, impulsar su desarrollo y llevar a cabo el seguimiento de sus acuerdos,
 e) Organizar conjuntamente actividades de conmemoración de la II República, de homenaje y reconocimiento a quienes defendieron los valores democráticos y sufrieron por ello. 
f) Dedicar un esfuerzo especial para la transmisión de la Memoria de la Libertad y la Democracia a la juventud. 
g) La conmemoración del 7 de Noviembre como Día Oficial en recuerdo de la Defensa de Madrid perseverando cuanto sea necesario hasta lograr su reconocimiento como tal. 
h) La colocación de una Placa en la antigua Sede de la Dirección General de Seguridad, situada en la Puerta del Sol en Madrid, en memoria de las víctimas, así como la conservación de sus antiguos calabozos para que se recuerde su historia represiva.
 i) La Memoria histórica de la Democracia en España ha de materializarse también físicamente en los lugares donde fue sistemáticamente reprimida. En consecuencia, solicitamos su conservación y digna adecuación como espacios de recuerdo y pedagogía democrática.

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